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30 noviembre 2021

Préstamo Solidario 2020: Ya comenzó su devolución

El 8 de octubre pasado se inició el último proceso de postulación para acceder al Préstamo Solidario 2021, el cual tenía por objetivo entregar apoyo económico a las familias de clase media más afectadas durante la pandemia y con la ventaja de comenzarse a pagar a partir del 2023. Pero, si accediste a este beneficio en su primera versión el año 2020, a continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre su devolución que ya comenzó.

Índice de contenido: El indice de contenido te permite tener acceso directo a la información.

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Cómo se realiza la devolución del Préstamo Solidario 2020

Para partir, es importante recordar que este Préstamo Solidario entregado por el Estado podía ser solicitado por personas, empresarios individuales y pensionados por vejez o invalidez por modalidad de Renta Vitalicia.

Este crédito tenía la gracia de poseer un interés real del 0%, podía solicitarse hasta tres veces y el monto a pedir correspondía a la totalidad de la caída de tus ingresos formales, con un máximo por cuota de $650.000.

Ahora bien, con esto claro, es momento de conocer más sobre su devolución, la cual comenzó en septiembre para préstamos solicitados en el 2020, es decir, un año después de su solicitud.

Todas las personas que pidieron el préstamo el año pasado, debían pagar una primera cuota de 10% del monto total y luego tres cuotas del 30%. Cada uno de estos pagos no podía exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.

En el caso de los pensionados, estos debían devolver el dinero a través de 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas a la Tesorería General de la República, las cuales no podrán superar el 5% de su pensión.

Entonces, si solicitaste el Préstamo Solidario 2020 tasa 0% de interés, ya sabrás que desde septiembre se está realizando una retención adicional del 3% de tus remuneraciones con el fin de reintegrar el crédito que se debe comenzar a pagar a partir de la Operación Renta 2022.

Si eres trabajador independiente y accediste a este beneficio económico el año pasado, desde septiembre 2021 verás reflejada en tu boleta de honorarios una retención adicional del 3% que se calcula de manera automática por el sistema al momento de su emisión en la página del Servicio de Impuestos Internos (SII). Es decir, a la retención vigente debes sumar un 3% por concepto de devolución del Préstamo Solidario 2020 del Estado.

Por otro lado, si eres empresario individual y tú retienes y declaras tus impuestos, desde septiembre debías aumentar en un 3% el monto de tu Pago Previsional Mensual (PPM) que declaras y cancelas mensualmente. En palabras simples, debes aumentar en un 3% el monto de los PPM de cada mes mientras estés en proceso de devolución del crédito.

Por último, los empleadores que tengan trabajadores que solicitaron el Préstamo Solidario, desde septiembre debían aplicar una retención del 3% adicional sobre su renta tributable durante todos los meses donde existan montos a devolver. Es decir, deberás realizar una retención adicional del 3% de sus remuneraciones mientras estén en proceso de pago, la cual debe verse reflejada en la liquidación mensual del trabajador.

Recuerda, además, que si necesitas verificar qué empleados solicitaron el crédito, puedes hacerlo a través de www.sii.cl en la sección Servicios Online – Situación Tributaria- Consulta para Trabajadores- Verificar trabajadores que solicitaron préstamo solidario tasa cero.

Finalmente, no olvides que ya comenzaron las retenciones por concepto de devolución y que se mantendrán durante unos meses más hasta que hayas realizado por completo la devolución del Préstamo Solidario del año 2020.

Si quieres obtener más información para la puesta en marcha
de tu emprendimiento contáctanos en www.lanzatesolo.cl