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Home / > Administración Legal / Si estoy casada en sociedad conyugal, ¿puedo constituir una empresa?
21 octubre 2021

Si estoy casada en sociedad conyugal, ¿puedo constituir una empresa?

El deseo de emprender, formar tu propia empresa o ser tu propio jefe, como es dicho popularmente, es un anhelo que nos puede surgir en cualquier etapa de la vida, bajo estado civil soltera o casada. Es por ello que hoy, en LanzateSolo.cl, revisaremos en detalle cómo una mujer casada en sociedad conyugal puede constituir una empresa.

Índice de contenido: El indice de contenido te permite tener acceso directo a la información.

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¿Cómo puede una mujer casada en sociedad conyugal crear su propia empresa?

Para comenzar lo primero que debes saber, es que toda mujer casada sí puede constituir una empresa propia, pero los requisitos a cumplir para dar este paso dependerán del sistema patrimonial que tenga, es decir, si se encuentra bajo un matrimonio de sociedad conyugal, separación de bienes o participación en los gananciales.

En esta oportunidad, el tema que nos convoca es el caso de la mujer casada en sociedad conyugal y cómo debe constituir su empresa. Así que la primera distinción que debemos hacer es si posee o no patrimonio reservado.

Si en tu caso es sí, debes tener en cuenta que una mujer con patrimonio reservado es aquella que trabaja o realiza algún tipo de actividad remunerada o lucrativa y que, por consecuencia de ello, cuenta con un patrimonio que no se encuentra incorporado en la sociedad conyugal.

Toda mujer que se encuentre en esta situación puede constituir una empresa sin necesidad de autorización del marido o cónyuge, siempre que acredite la existencia de este patrimonio reservado. Ahora bien, si te estás preguntando ¿cómo debes hacerlo? Déjanos contarte que la acreditación de tu patrimonio puedes realizarla a través de cualquier tipo de documento que demuestre dicha actividad remunerada, ya sea un contrato, certificado cotizaciones previsionales o salud, así como también una Declaración de Renta del último año, entre otros.

Por el contrario, si estás casada bajo sociedad conyugal y no tienes forma de acreditar tu patrimonio reservado o no ejerces ningún tipo de actividad remunerada, necesitarás sí o sí concurrir a la actuación de creación de la empresa autorizada por tu cónyuge.

Otro tema importante para considerar y tener presente, si estás casada en sociedad conyugal y quieres constituir una empresa, es que, si vas a elegir manera tradicional de constituir, no será necesario realizar una autorización aparte, ya que se puede incluir dentro de la misma escritura y solamente necesitarían concurrir a la notaría ambos a firmar la escritura de constitución de la empresa.

En el caso que desees constituir bajo la modalidad de tu empresa en un día o Registro de Empresas y Sociedad, sí necesitarás un documento de autorización aparte al momento de constituir la empresa.

También es necesario que tengas en cuenta que algunas notarías en el país solicitan que esta autorización del cónyuge o marido deba ser otorgada en la misma donde se realizará la firma de la constitución de la empresa. Así que asegúrate de preguntar cómo funcionan antes de acordar la cita, así como de consultar si operan con el sistema de Registro de Empresas y Sociedad o tu empresa en un día.

Si quieres revisar cuáles son las notarías que poseen esta opción de constitución, te recomendamos visitar: https://www.registrodeempresasysociedades.cl/AyudaNotarias.aspx 

Para finalizar, en LanzateSolo.cl te contamos que actualmente se encuentra en el Congreso un proyecto de ley que buscar modificar el Régimen Matrimonial de la Sociedad Conyugal, con el objetivo de facilitar a las mujeres casadas bajo esta modalidad la realización de trámites y eliminar algunas restricciones existentes hoy en día.

Si quieres obtener más información para la puesta en marcha
de tu emprendimiento contáctanos en www.lanzatesolo.cl