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1 septiembre 2014

Formar empresa – Beneficios Tributarios “14 Ter”

En las siguientes entradas Lanzatesolo.cl aborda distintos beneficios tributarios para las empresas, …

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    En las siguientes entradas Lanzatesolo.cl aborda distintos beneficios tributarios para las empresas, principalmente para las micro, pequeñas y medianas, los que se pueden optar al momento de iniciar la actividad empresarial. En esta oportunidad se continúa  tratando  los aspectos más relevantes del beneficio tributario de “Contabilidad Simplificada” o “Articulo 14 Ter”  de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

    Sistema de Tributación Simplificada del Portal Tributario Mipyme del SII

    Para entender a que nos referimos con con el  “Sistema de Tributación Simplificada del Portal Tributario Mipyme del SII” es necesario recapitular lo expuesto en las entradas anteriores sobre el beneficio de Tributación Simplificada del artículo 14 ter, el que en terminos simples no  es mas que una manera de determinar los impuestos anuales de Primera Categoría y Global Complementario o Adicional, al cual pueden optar los contribuyentes que cumplan los requisitos ya señalados , contenido en la Ley sobre Impuesto a la Renta.

    El “Sistema” de Tributación Simplificada del Portal Tributario MIPYME del SII es una aplicación computacional gratuita que este Servicio pone a disposición de los contribuyentes que se acojan al Régimen indicado, para llevar los registros exigidos por la Ley a través de Internet.

    Alternativamente, los contribuyentes que opten por este régimen pueden llevar su contabilidad escogiendo estas otras opciones:

    • Utilizando un sistema computacional adquirido en el mercado

    • Mediante libros llevados manualmente.

    • Ventajas Sistema de Tributación Simplificada del Portal Tributario Mipyme del SII

    Los contribuyentes que utilicen el Sistema de Tributación Simplificada del Portal Tributario MIPYME, obtendrán las siguientes ventajas:

    · Los documentos electrónicos emitidos y recibidos quedan directamente registrados en la contabilidad, y los documentos tributarios no electrónicos y otros movimientos que no tienen documento tributario asociado (por ejemplo, liquidaciones de sueldo, pago de intereses, etc.) se digitan de manera directa en el sistema.

    · El sistema construye automáticamente los registros de ingresos y egresos que exige el régimen.

    · La base imponible del Impuesto de Primera Categoría se calcula automáticamente, a partir de la diferencia entre los ingresos y egresos registrados en la contabilidad.

    · El sistema genera una propuesta de Declaración Mensual de IVA (Formulario 29) y una propuesta para la Declaración Anual de Impuesto a la Renta (Formulario 22).

    · Además, genera propuestas de Declaraciones Juradas de Sueldos (1887) y de Honorarios (1879).

    · El sistema también genera reportes financieros de los resultados obtenidos por la empresa para presentar a terceros, por ejemplo, para solicitudes de financiamiento.

    Cabe mencionar que para optar a estos beneficios se debe cumplir con los requisitos del régimen tributario establecido en el artículo 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

    • Requisitos 

    Al formar empresa  el contribuyente debe inscribirse en el sitio Web del SII, menú Tributación Simplificada Mipyme, para lo cual debe disponer de Certificado Digital, y a su vez debe cumplir los siguientes requisitos:

    · Operar en el Sistema de Factura Electrónica del Portal Tributario MIPYME , donde el contribuyente emite y recibe documentos tributarios electrónicos y maneja la información de sus compras y ventas.

    · El contribuyente debe cumplir con los requisitos del régimen tributario establecido en el artículo 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

    Javier Ignacio Troncoso López

    Fuente: Servicios de Impuestos Internos – S.I.I.

    Si quieres obtener más información para la puesta en marcha
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